La Ley de Evaluación Ambiental Estratégica establece la obligación de realizar una evaluación medioambiental de los Planes y Programas de las administraciones públicas, durante el proceso de preparación y adopción de estos, de forma anterior a su aprobación. La Ley responde a las exigencias establecidas por la normativa europea y transpone la Directiva 2001/42/CE referente a la Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Realización de procedimientos de evaluación ambiental de planes de ordenación municipal de municipios en la provincia de Ciudad Real, siendo el arquitecto redactor de los citados planes de ordenación municipal el estudio de arquitectura y urbanismo de Manuel Ortiz Cárdenas y Asociados (Aprobados por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo CPOTU) en los municipios de Arenas de San Juan, Ballesteros de Calatrava, Picón, Argamasilla de Alba, Villarrubia de los Ojos.